Museo Etnológico de Herreruela.

Escudo de la villa de Herreruela

 

Colección diplomática de Herreruela (Siglos XVI-XIX)

 

Número 83.

FICHA CATALOGRAFICA

1591, noviembre, 11. Herreruela.

Acta de Visita para que el Visitador general del Obispado de Ávila, Licenciado Íñiguez, por comisión del Obispo de Ávila don Jerónimo Manrique de Lara, tome las cuentas al mayordomo Domingo González, desde el año 1587 hasta el 1591

Papel, 15 folios, letra procesal con rasgos cancillerescos, libros de Visita, estado de conservación regular.

Signatura: APHER. ECO. FAB. 1º. 1560-1645, fol. 106 r. - 120 v.

Procedencia: Archivo de la Iglesia de San Ildefonso (Toledo)

 

Transcripción del documento: Antonio Camacho Rodríguez



 

E ynquiriendolas quentas / de la dicha iglesia, halló que es- / tavan por tomar de cosas / de ochenta e siete, y ochenta y o- / cho, y ochenta e nueve, y no- / venta, de los quales y deste / presente noventa e uno, / a sido mayordomo Domingo Gon- / çalez, beçino del dicho lugar, / del qual para ser hecho más / fue tomado e recibido juramento / en forma de derecho so cargo de lo / qual, prometió de dar las dichas / quentas bien e fielmente, / sin fraude ni dolo alguno, / a que si ansy lo hiçiere que / Dios, Nuestro Señor, e la jure / y lo contrario haçiendose, / lo demande y a la fuerça e con / açión del dicho juramento, lo / juró y amen, y se le tomaron / las dichas quentas en la forma / e manera siguiente: /

 

 

 

Quentas que se tomaron a / Domingo Gonçález, mayor- / domo que a sido de la dicha / iglesia de los años de:

1587 / 1588 / 1589 / 1590 / 1591 /

(fol. 106 r.) //

 

 

Cargo. /

 

Alcançe. /

[Calderón]  Primeramente, se le / haçe cargo de diez y o- / cho mil e quatro- / çientos y seis mara- / vediés, que le fueron / hechos del alcançe a Mel- / chior García, mayordomo / que fue de la dicha yglessia, / su anteçessor, en las quen- / tas qie le fueron tho- / madas por el doctor Riesgo. /

18.406

Alcançe trigo. /

[Calderón]  Más se le haçe cargo de / quinçe fanegas de trigo, que / paresçió aver vendi- / do de las de su alcançe, / a siete reales cada fa- / nega, que suman. /

952

Más alcançe / trigo. /

[Calderón]   Más se le haçe cargo / de otras ocho fanegas de / trigo, que paresçió a- / ver vendido de las del / dicho alcançe, a ocho reales ca- / da fanega, que suman / e montan. /

2.176

Más alcançe / de trigo. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de treinta fanegas / de trigo de las del / dicho alcançe que pares- / çió aver vendido,  a / tresçe reales cada / fanega, que monta /

13.260

 

 

34.794º

(fol. 106 v.) //

Más alcançe / trigo. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de ocho fanegas de trigo / de las del alcançe / que a tresçe reales / cada fanega como se / vendió montan. /

3.272

Más trigo. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de otras quatro fanegas / del dicho trigo que / heran del dicho alcan- / çe que a tresçe reales / y medio como se vendió / monta. /

1.836

Alcançe / trigo. /

Más se le haçe cargo / de çiento e çinquen- / ta e seis fanegas e tres / çelemines e tres / quartillos que res- / tan para las dusçien- / tas e diez fanegas y tres / çeslemines y tres quar- / tillos del alcançe / que se vendieron a ca- / torçe reales que su- / ma e monta. /

74.406

Alcançe / centeno. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de dos fanegas y un celemín / e un quartillo de çen- / teno que le fue he- / cho de alcançe al dicho / mayordomo pasado / que a ocho reales monta /

571

 

 

80.077

(fol. 107 r.) //

Alcançe / çebada. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de ocho fanegas y un çele- / mín de çevada que / le fueron hechas de alcan- / çe al dicho mayordomo / su antecesor en las / dichas quentas que le / fueron tomadas que / a seis reales la fanega / montan es más un / quartillo de çevada /

1.653

 

Frutos de 87. /

 

Menudos / 87. /

[Calderón] Más se le haçe car- / go de seis mil seis- / çientos maravedíes / en qie paresçió a- / verse arrendado los / menudos de la dicha / yglessia el año de oche- / ta e siete. /

6.600

Menudos / 88. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de siete mil e sete- / çientos e çinquen- / ta maravedíes en / que paresçió aver a- / rrendado los frutos / de los menudos / de la dicha yglessia / del dicho lugar el año / de mil e quinientos e o- / chenta e ocho como / se vió por el arren- / damiento. /

7.750

 

 

16.003

(fol. 107 v.) //

Frutos 89 /

[Calderón] Más se le haçe car / go de quatro mil / e quinientos maravedíes en / que fue arrendados / los menudos  de la / dicha yglessia el año de / ochenta e nueve. /

4.500

Menudos / 90 /

[Calderón] Más se le haçe car- / go de siete mil e çien / maravedíes en que / paresçieron aver / sido arrendados los / menudos de la dicha ygle- / ssia el año de noven- / ta. /

7.100

Trigo noveno 87. /

[Calderón] Más se le haçe car- / go de tresçe fanegas e onçe / çelemines y tres quar- / tillos de trigo que / paresçió aver  cabido / a la dicha yglessia de su no- / veno del dicho año de ochen- / ta e siete que a raçón / de catrorçe reales la / fanega como se vendió / suma e montan. /

6.600

Cebada. /

[Calderón] Más se le haçe cargo de / tres fanegas y cinco çelemi- / nes de la çevada que pa- / resçió aver le cavido / a la dicha yglessia de su / noveno el dicho año que / a seys reales la fanega montan. /

627

 

 

18.797

(fol. 108 r.) //

Çenteno / 87 /

Más se le hace / cargo de una fanega / y nueve çelemines / de çenteno que / cupo a la dicha yglessia / de su noveno en el / año de ochenta e siete / que a ocho reales la fanega / monta. /

492

Trigo noveno / 88 /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de ocho fanegas y un / celemín de trigo que / cupo a la dicha iglesia / de su noveno el / año de ochenta e o- / cho que a raçón de / catorçe reales / la fanega montan. /

3.848

Centeno noveno año dicho /

Más se le haçe cargo de / una fanega e un çele- / mín e un quartillo de / çenteno quee le cupó a / la dicha iglesia de su no- / veno el dicho año de ochen- / ta e ocho que a raçón de a / ocho reales la fanega su- / ma e monta. /

298

Cebada noveno / 88 /

[Calderón] Más se le haçé cargo de / dos fanegas e ocho çelemines / e medio de çevada que / le cupo a la dicha yglessia / de su noveno el dicho / año que montan. /

552

 

 

 

 

 

5.190

(fol. 108 v.) //

Trigo noveno / 89. /

Más se le haçe cargo / al dicho mayordomo de / catorçe fanegas y / celemín e medio de trigo / que le cupó a la dicha ygle- / sia  de su noveno en el / año de ochenta e nue- / ve que a catorçe reales / montan. /

6.724

Centeno. /

[Calderón] Más se le haçe car- / go de tres quarti- / llas e tres quartillos / de çenteno que / le cupó a la dicha iglesia / de su noveno de / dicho año que a raçón / de ocho reales mon- / tan. /

219

Cebada. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de dos fanegas y cinco çe- / lemines e un quar- / tillo de çevada que / le cupó a la dicha ygle- / sia de su noveno / el dicho año de ochen- / ta e nueve que / a rraçón de a seis reales / la fanega montan. /

497

Trigo noveno / 90 años /

[Calderón] Más se le haçe de cargo / de veinte y siete fanegas / de trigo que cupo /

 

 

 

7.490

 (fol. 109 r.) //

 

que a raçón de / a catorçe reales la / fanega como se vendió / suma e monta. /

8.965

Paja. /

[Calderón] Más se le haçe cargo de / dos mil e novecien- /  e noventa e dos / maravedíes en que / paresçió aver vendi-/  do la paja de dicho pe- / gujar el dicho año / de ochenta e ocho. /

2.992

Suelos pegujal . /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de quinientos e setenta / y ocho maravedíes en / que paresçió aver ven- / dido los suelos del pe- / gujal. /

578

Pegujal / 89. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de veinte e siete fanegas / de trigo e un celemín / que paresçió aver / cogido el pegujal / avia senbrado la dicha / yglessia el año de ochen- / ta e nueve que / a raçón de cator- / çe reales la fanega co- / mo se vendió, suman / e montan. /

12-893

 

 

25.428 

(fol. 110 v.) //

Suelos. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de tres ducados de a on- / çe reales en que pa- / resçió aver vendido / los suelos del pegujar / de la dicha yglessia / el dicho año. /

1.122

Granças. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de dos reales en que / se vendieron las gran- / ças que ovo en el dicho / pegujal el dicho año /

68

Paja. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de quarenta e quatro rea- / les en que se vendió / la paja del dicho pegu- / jal del dicho año.  /

1.496

[Tachado] 88 /

[Calderón] Más se le haçe cargo de / nueve fanegas y media y un / celemín de trigo que / cobró de la renta de / las tierras de la dicha / yglesia el año de o- / chenta e ocho que a / rraçón de catorçe / reales cada fanega / suma e monta. /

4.562

Rastrojo / 89. /

 

 

 

[Calderón] Más se le haçe cargo / de nueve fanegas de trigo / que paresçió aver ren- / tado las tierras de la dicha /

 

 

 

7.248

(fol. 111 r.) //

 

Iglesia el año de o- / chenta e nueve / y es a raçón de ca- / torçe reales cada fa- / nega como se vendió mon- / tan. /

4.284

Limosna / del Conde. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de quatro mil mara- / vedíes que es a su car- / go de cobrar de la limos- / na que da su señoría el Con- / de de Oropessa de limos- / na a la dicha yglessia cada / año mil maravedíes / que va cargado hasta este / año de noventa e uno. /

4.000

Reentituçión. /

[Calderón] Más se le hace cargo / de tres reales que / le dio al dicho mayordomo / el vicario de Oropesa / de una restitución /

102

Çepo. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de çiento y diez y o- / cho maravedíes que pa- / resçió aver avido en el ce- / po de la dicha yglessia. /

158

Demanda. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de dos mil e treinta / e nueve marave- / díes que paresçió aver / cobrado de la deman- / da que se a pedido para / la iglesia en el tiempo de su / mayordomía. /

2.039

 

 

10.543

(fol 111 v.) //

Granado, higue- / ra. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de nueveçientos e / çinquenta e dos mara- / vedíes que paresçie- / ron aver rentado el gra- / nado e higuera de la dicha  / iglesia el tiempo de su / mayordomía. /

952

 

Frutos 91. /

 

Menudos. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de siete mil e çien / maravedíes en que / paresçió aver arren- / dado los menudos de / la dicha iglesia el año / de noventa e uno. /

7.100

Trigo noveno /

[Calderón] Más se le haçe cargo de / diez e seis fanegas de / trigo que le cupo del / noveno a la dicha iglesia / el dicho año de noventa e / uno que a raçón de cator- / çe reales montan. /

7.616

Centeno. /

[Calderón] Más se le haçe cargo de / una fanega y çino çele- / mines y medio de cente- / no que le cupó a la dicha / iglesia de su noveno / el dicho año de noven- / ta e uno que a rraçón / de ocho  reales monta. /

3.097

 

 

16.065

(fol. 112 v.) //

Cebada noveno /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de tres fanegas / y ocho çelemines de / çevada que cupieron / a la dicha iglesia de / su noveno el dicho / año que a raçón / de seis reales mon- / tan. /

748

Renta de el / pegujar. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de sesenta e siete / fanegas de trigo que / paresçió aver avido / del pegujar de la / dicha iglesia el dicho / año de noventa e uno / que a raçón de cator- / çe reales la fanega / monta. /

13.892

Renta tierra /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de nueve fanegas / de trigo de la ren- / ta de las tierras de la /  dicha iglesia el dicho año / de noventa e uno que / a raçón de a catorçe / reales montan. /

4.284

Granças. /

[Calderón] Más se le haçe / cargo de nueve reales / en que se vendió las / granças del pegujar / de la dicha iglesia /  el dicho año. /

306

 

 

19.230

(fol.  112 v.) //

Paja. /

[Calderón] Más se le haçe cargo / de cinco reales / que paresçió aver / se vendido la paja / del pegujar de la dicha / iglesia. /

170

Sepulturas. /

Más se le haçe cargo / de dos mil e quinientos / maravedíes que / cobró de las sepul- / turas que uvo en el / tiempo de su ma- / yordomía que fue- / ron veynte e cinco / que fue la primera / sepultura de Sebas- / tián, hijo de Berna- / bé Garçía y la postre- / ra de un hijo de Alonso / Garçía, vecinos del dicho / lugar. /

2.500

 

 

2.670

 

[Calderón] Por manera que suman y mon- / tan el cargo que se le haçe al / dicho mayordomo / doscientos e sesenta e / cinco mil y seis- /çientos y trein- / ta y un maravedíes y para ello / paresçe que da el descargo / en la manera siguiente:  (fol. 113 r.) //

Cargo

265.630

 

Descargo. /

 

Çera. /

Primeramente da / por descargo e se le pa- / ga en quenta al dicho / maiordomo tres / mil e quinientos e trein- / ta e dos maravedíes / que paresçió aver / gastado en çera pa- / ra la dicha iglesia los / quatro años de su mayor- / domía como se vio por / un memorial. /

3.802

Aceite. /

Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo ocho mil duscientos / e quarenta e quatro / maravedíes que pa- / resçió aver gastado / en el açeite para la dicha / iglesia en los dichos quatro / años según se vió. /

8.244

Tribuna. /

[Calderón] Más se le descargan en / quenta al dicho maior- / domo treinta e un / mil y seisçientos / y sesenta e seis mara- / vedís que pares- / çió aver gastado en /

31.666

 

 

43.446

(fol. 113 v.) //

 

haçer la tribuna que / le hiço para la dicha y- / glessia de manos y hechu- / ra e otros gastos / della como se vió / e sumó. /

 

Pegujal / de 87. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo diez mil e quarenta / y ocho maravedíes que / paresçió aver gasta- / do en el pegujal que / se cobró para la dicha / iglesia el año de ochen- / ta e siete como se vió por / su libro. /

10.048

Pegujal / de 88 /

Más se le pasan en quenta / al dicho mayordomo nue- / ve mil ochoçientos / y sesenta y ocho mara- / vedíes qie pareció / aver gastado en senbrar / el pegujar de la dicha / iglesia y costearle el / todas las cosas del año / de ochenta e ocho como / se vio por memo- / rial. /

9.868

 

 

19.916

(fol 114 r.) //

Trillar / y ençerrar / pan. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo seisçientos e / quarenta y seis mara- / vedíes que paresçió / aver gastado en tri- / llar y ençerrar el / pan del pegujar de la / dicha yglessia e año de o- / chenta e siete. /

646

Pegujal / de 90. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo seis mil e nue- / veçientos y setenta / e dos maravedíes que / paresçió aver gastado / en sembrar y coxer el / pegujar de la dicha ygle- / sia el año de noventa / con el trigo y todas / costas como se vió por / su libro. /

6.972

Ruedas de es / quilar /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo tres mil seis- / çientos y setenta e / dos maravedíes que / paresçió aver gastado / en una rueda de es- / quilar para la dicha ygle- /

3.672

 

 

11.290

(fol. 114 v.) //

 

sia y un marco de ma- / dera que hiço pa- / ra una ventana de / la dicha iglesia con su / ençerado como se / vió por cartas de pago / y su libro de mayordomía. /

 

Rexa. /

[Calderón] Más se le pasa en quenta / al dicho mayordomo diez / y seis reales de una / rexa de hierro que se / hiço para la dicha igle- / ssia para una venta- / na como se vió por car- / ta de pago. /

544

Pavellón. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayordo- / mo quinientos catorçe ma- / ravedís que paresçió / aver pagado por un pa- / vellón que hiço para / guarda de la manga de / la cruz como se vió por / su libro. /

514

Inçienso. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo quinientos e quarenta / maravedíes que gas- /

544

 

 

1.602

 

to en ynçiensso pa- / ra la dicha iglesia en los / dichos quatro años. /

 

frontal. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta a el dicho maior- / domo seis reales / que paresçió aver / gastado en pintar / un frontal de lienço / para la dicha iglesia. /

204

Llaves y / cosas de hie- / rro. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo nueveçientos / y çinquenta mara- / vedís que paresçió / aver gastado en llaves / y otras cosas de hie- / rro para la dicha iglesia. /

950

Liçençia. /

[Calderón] Más se le pasa en quenta / al dicho mayordomo doscientos / e çinquenta e cinco / maravedís que pa- / resçió aver dado a un / mensaxero que fue a / Ávila por liçençia pa- / ra haçer la capilla. /

255

Sogas e cor- / deles. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo çiento y ochenta / y seis maravedís que /

 

 

 

1.409

 (fol. 115 v.) //

 

paresçió aver gasta- / do en sogas e cordeles / para la dicha yglessia / en los dichos quatro / años. /

 

Hechura / sobrepelliz. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo tres reales / que paresçió aver gas- / tado en haçer una so- / brepelliz para la dicha / iglesia. /

102

Monumento. /

Más se le pasa en quenta / al dicho mayordomo ochen- / ta e cinco maravedís / que paresçió aver gas- / tado en el monumento / de la dicha iglesia. /

85

Vaso. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo dos reales y seis maravedís / que paresçio aver gas- / tado en vassos pa- / ra la lámpara de la / dicha iglesia. /

74

Ramos. /

[Calderón] Más se le pasa en  / quenta al dicho mayor- / domo dos reales que / gastó en ramos pa- / ra la dicha iglesia el día de / corpus cristi. /

68

 

 

515

(fol. 116 r.) //

Trastexar. /

[Calderón] Más se le pasa / en quenta tres mil / e seteçientos y tre- / ynta e ocho marave- / dís que pareció a- / ver gastado en tejas / y trastejar la dicha / iglesia en cal de los / quatro años de su ma- / yordomía según se vió / por su libro. /

3.738

Aniversa- / ríos. /

[Calderón] Más se le pasa / en quenta al dicho ma- / yordomo tres mil / e duscientos e treinta ma- / ravedíes que pa- / resçió por cartas / de pago aver paga- / do de los aniverssa- / ríos que se diçen / y an dicho en la dicha igle- / ssia los cinco años de / su mayordomía. /

3.230

Derechos / del mayor- / domo por ha- / çer decir mi- / sas. /

Más se le pasa en quenta / al dicho mayordomo / quinçe reales que pa- / resçió e no de aver / porque tiene cuidado de / haçer decir las misas / que dejó mandadas por / sus testamentos María Gar- / çía, difunta, que dejó / su haçienda a la iglesia. /

510

 

 

7.478

(fol.  116 v.) //

Pergamino. /

[Calderón] Más se le pasa en quenta / al dicho mayordomo / tresçientos y vein- / te e tres maravedís / que paresçió aver gas- / tado en un perga- / mino en que leían / / escriptas las pala- / bras de la consagración. /

323

Lavar pa- / ños. /

[Calderón] Más se le pasan en / quenta veynte rea- / les de lavar los pa- / ños de la dicha iglesia / en los cinco años de su / mayordomía. /

680

Días notario / quenta … /

[Calderón] Más se le pasa en quenta / al dicho mayordomo diez / reales que paresçió / aver pagado al notario / que thomó la quenta / sumaria. /

340

Enexar can- / panas. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta tres ducados / que paresçió aver / gastado en enexar / la canpana de la dicha / iglesia. /

1.122

Hierro y o- / tras cosas. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al mayor- / domo nueve mil e / dusçientos e quarenta e o- / cho maravedíes que / paresçió aver gasta- / do haçer los cajo- / nes para los horna- / mentos dela dicha y- / glesia. /

9.248

Aceite. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo dos mil e seis- / çientos y çinquenta / e dos maravedíes que / paresçió aver gasta- / do de aceite en el año pos- / trero de su mayordomía. /

2.652

Inçienso. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo seis reales de ynçien- / sso que gastó en el año /

204

Çera. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo mil y ochenta / e dos maravedíes que / paresçió aver gastado / en çera para la dicha / iglesia el dicho año. /

1.082

Gasto del / pegujar. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo tres mil e çien /

 

 

 

13.186

(fol. 118v.) //

 

to y un maravedíes que / pareció aver gasta- / do en el pegujal de la / dicha iglesia del dicho año / de noventa e uno. /

3.101

Trigo del / pegujal /

Más se le pasa en quenta / al dicho mayordomo quatro / mil y sesenta y seis ma- / ravedíes que pares- / çió aver senbrado ocho / fanegas y seis çelemines e / medio de trigo para la co- / secha del año de noventa / e dos. /

4.066

Portapaz. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dieciséis reales y medio / que gastó en un porta- / paz para la dicha iglesia. /

591

Veinte cinquena. /

[Calderón] Más se le pasa en  quenta al / dicho mayordomo cuatro mil / maravedíes que ovo / de aver de que gas- / tó en la dicha yglessia / a raçón de quarenta el mi- / llar en el tiempo de su ma- / yordomía. /

4.000

Susidio / y escusado. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor / domo dos mil e nueve- / çientos y noventa / y cinco maravedís de /

2.995

 

 

14.653

(fol 119 r.) //

 

susidio y escusado / que la dicha iglesia pa- / ga al Rey, Nuestro Señor / del tiempo de su mayor- / domía. /

 

Recudençia. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta doscientos e seten- / ta e seis maravedís / que por carta de pa- / go paresçió aver gas- / tado y pagado de las / recudençias. /

276

Días. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al al dicho / mayordomo treinta / e quatro reales / que se le dieron por / los días que se ocu- / pó en cosas de la i- / glessia en el tiempo de / su mayordomía. /

1.156

Derechos Visi- / tador. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta diez reales / que pagó al Visitador / de cinco años de la ocu- / paçión de tomar estas / quentas. /

340

Ayuda / costa. /

[Calderón] Más se le pasa en quenta / quinientos maravedís que / dio al dicho visitador / de ayuda de costa. (fol. 120 r.) //

500

 

 

2.272

 (fol.  119 v.) //

Derechos notario. /

[Calderón] Más se le pasa en / quenta al dicho mayor- / domo seis reales me- / nos doçe maravedíes / de diez y seis hojas que yo el / notario escreví en estas / quentas a doçe marave- / dís conforme el arancel / de Su Magestad y un real de / la visita de la iglesia. /

226

 

[Calderón] Por manera que suma e monta / el descargo que el dicho mayordomo dos- / çientos e veynte e cinco mil e sisçien- / tos y quarenta e dos / maravedís según / va dicho e declarado que / descontados  de los / doscientos e sesenta e seis mil / y treinta e nueve / maravedís de su car- / go resta debiendo / el dicho mayordomo de su mayordomía a la [dicha] iglesia çiento e qu[aren-]ta mil y tresçien[tos] e noventa e siete [maravedíes] / el dicho visitador […] / nados e mandó [… nue-] / ve días prime[ros …] / a la dicha iglesia […] / e su merced lo […] dexco- (fol. 120 v.) // munión mayor e evitación de / oras que yo el presente notario / se lo notifiqué al dicho mayor- / domo que al presente es y era el qual / dixo que dava e dio por bue- / nas las dichas quentas e an- / sí hiço el alcançe dellas fecho / y se obligó de lo pagar según  e / como le tenían dado y lo firmó / de su nombre y el dicho visitador / ansi mismo lo firmó, sien- / do el bachiller Juan Fernández, cura pro- / pio del dicho lugar y Francisco Ru- / bio, alcalde y Antonio Gutiérrez, / vecinos del lugar de Caliruela. /

Licenciado / Juan Íñiguez. /

Domingo / García. /

Ante mí / Pedro Sánchez / notario. /

Cargo

266. …